REGLAMENTO GENERAL QUE RIGE EN LOS REFUGIOS DE LA FEMPA
1º Regulación.
El presente Reglamento establece la normativa general de utilización en todos los refugios de la Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo del Principado de Asturias.
2º Los usuarios.
Son usuarios del Refugio:
3º Los Guardas.
Es personal expresamente contratado por la FEMPA para atender el Refugio y son , por tanto, los máximos responsables de la actividad que en ellos se desarrolle, organizando las pernoctas, el avituallamiento, los horarios, el control de usuarios y, en general, cualquier otra circunstancia que afecte a la normativa del refugio y a su mejor aprovechamiento. Se debe respetar su autoridad y sus instrucciones, así como todo lo que afecte al reglamento o normativa del refugio, sin perjuicio de posteriores reclamaciones si se está en desacuerdo con alguna situación.
4º Identificación e inscripción.
Todo montañero que utilice el refugio o sus servicios (pernocta, comedor, etc.) debe identificarse inexcusablemente con su D.N.I. a instancias del guarda. Asimismo, es siempre obligatoria la inscripción en el Libro de Registro si utiliza pernocta. Para disponer de descuentos en servicios es necesario presentar la tarjeta federativa, bien autonómica, nacional o de corresponsabilidad.
5º Duración de la permanencia.
A efectos de que todos los usuarios puedan utilizar los servicios del refugio no se permitirá, salvo casos de fuerza mayor o plazas libres, hacer pernocta más de tres noches seguidas. En todo caso prima el criterio del guarda.
6º Prioridades en la utilización del refugio.
Tendrán siempre prioridad:
7º Las reservas.
Es conveniente reservar con antelación las plazas a utilizar comunicándolo al Guarda y llegando antes de las 19 horas al Refugio. Tendrán siempre prioridad en la reserva los federados.
Las reservas deberán ser confirmadas por el Guarda, el cual podrá pedir hasta un máximo del 50% del importe de la reserva efectiva de la plaza. Si las reservas se anulan antes de 20 días de la fecha, se devolverá el 100% menos gastos de devolución. Si se anulan entre 5 y 10 días antes, se devolverá el 20% menos gastos de devolución y no se devolverá nada si se anulan en los últimos 5 días. Cada refugio tiene un número máximo de reservas que el Guarda indicará a los solicitantes, siendo el máximo un 60% para los federados.
8º Libros de Registro y Hojas de Reclamaciones.
Cada Refugio dispone de un Libro de Registro para los que utilicen la pernocta. Podrán ser revisados por la FEMPA y por la autoridad competente.
Asimismo habrá unas Hojas de reclamaciones en las que, por triplicado, se consignarán incidencias relativas a hechos que originen protestas o problemas en el servicio a los usuarios.
9º Exposición de Precios y Reglamento.
Cada Refugio debe tener bien visible las tarifas de los precios de cada servicio, autorizados por la FEMPA cada año. Deberán consignarse las tarifas de federados y no federados en cada uno de los servicios.
Asimismo, este Reglamento debe estar a disposición de quien lo solicite. De manera especial debe exponerse la NORMATIVA GENERAL del Refugio para que todos los usuarios sepan atenerse a ella.
10º Normativa.
Todos los usuarios deben respetar la Normativa del Refugio en orden a su mejor conservación y aprovechamiento:
De manera especial SE PROHIBE:
El Guarda deberá comunicar a la FEMPA cualquier deterioro o anomalía que observase y el causante del mismo, pudiendo recaer la responsabilidad del hecho tanto en la persona como en el Club al que perteneciera. En caso de incidente grave se comunicarán los hechos a la Autoridad competente más próxima.
11º Uso de Instalaciones.
12º Aceptación del presente Reglamento.
El uso de cada uno de los Refugios de la FEMPA supone aceptar el presente reglamento, expuesto en ellos.
Su incumplimiento grave será causa del abandono del Refugio.
Oviedo, Julio 2009
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Senderismo del Principado de Asturias
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